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Tribunal de Coquimbo
CULTIVOS MARINOS DEL SUR S.A. con SII -DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 19-05-2016 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Cultivos Marinos del Sur contra liquidaciones de impuesto a la renta 2012-2013, confirmando resoluciones del SII por falta de acreditación previa de gastos y provisiones en procedimiento administrativo.
Cultivos Marinos del Sur S.A., empresa mitilicultora, fue objeto de fiscalización por años tributarios 2012 y 2013. El SII emitió Liquidaciones N° 69 y 70 (28 de agosto de 2015) por $69.961.086 y $1.188.704 respectivamente. La empresa reclama argumentando errores en pérdidas de ejercicios anteriores, provisión de intereses por $500.144.152 no deducida, y gastos que debieron activarse. Señala haber rectificado su AT 2011 rebajando pérdidas, lo que incidió en posteriores liquidaciones.
El tribunal determina que las partidas reclamadas (provisión de intereses y gastos activados) no fueron incluidas en las declaraciones primitivas ni rectificatorias, por lo que no forman parte de las liquidaciones reclamadas. Conforme al artículo 126 CT, corresponde al contribuyente solicitar administrativamente estas rectificaciones antes de recurrir al tribunal. Los intereses alegados carecen de acreditación suficiente: los contratos de cuenta corriente mercantil son instrumentos privados sin autorización notarial y sin comprobación de terceros independientes (cartolas bancarias). Además, lo
Se rechaza el reclamo y se confirman las Liquidaciones N° 69 y 70 de 28 de agosto de 2015. No se condena en costas por motivos plausibles. Se ordena notificación mediante carta certificada y publicación en sitio web del tribunal.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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