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Tribunal R. Metropolitana. Primero
CASTILLO GLAVIC y otro con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 03-06-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidación por falta de fundamentación del acto administrativo, dejándola sin efecto por vicios en su motivación.
José Antonio Castillo Glavic, empresario individual dedicado a venta al por menor, reclama contra Liquidación N°213000001075 notificada el 19 de junio de 2015 por la Dirección Regional Santiago Centro del SII. La liquidación determinaba para el año tributario 2012 una diferencia impositiva de $1.304.391 (diferencia de Primera Categoría $750.641, reajustes $80.181 e intereses $473.569). El contribuyente cuestiona que la liquidación carece de fundamentación y omite los elementos necesarios para su acertada inteligencia.
El tribunal enfatiza que la Ley 19.880 obliga a la administración a fundamentar los actos administrativos que afecten derechos de particulares. Señala que la motivación no es un mero requisito formal sino un elemento esencial de fondo que sirve de soporte jurídico al resultado aritmético. La fundamentación debe ser suficiente y congruente, expresando los hechos y fundamentos de derecho. El tribunal cita jurisprudencia de la Corte Suprema y de otros tribunales tributarios que afirman que la ausencia de fundamentación vicia el acto administrativo por arbitrariedad. Indica que el SII está legalme
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación N°213000001075 por adolacer de defectos de orden legal tanto en aspectos formales como de fondo, específicamente por falta de fundamentación y omisión de elementos necesarios para su acertada inteligencia.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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