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Tribunal Antofagasta
Sucesión Luis Céspedes Muñoz con Servicio de Impuestos Internos Región Antofagasta
Fecha: 20-06-2016 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Sucesión Céspedes contra Liquidación N°388 (2015) por diferencias en Impuesto de Primera Categoría año 2012, originada en contrato de opción de compra minera con Minera Apoquindo Chile Limitada.
La Sucesión Luis Céspedes Muñoz, propietaria de pertenencias mineras, celebró contrato de opción de compra con Minera Apoquindo Chile Limitada el 16 de octubre de 2007 (precio inicial US$15.000.000, aumentado a US$15.225.000 mediante escritura complementaria de julio 2008). El SII determinó diferencias en Impuesto de Primera Categoría para año tributario 2012, emitiendo Liquidación N°388 por $457.658.447. La sucesión alegó prescripción de períodos anteriores (2008-2011) y solicitó reliquidación considerando pagos previos.
El Tribunal estimó que: (1) la reclamante no desvirtúo con prueba suficiente las impugnaciones del SII respecto al costo de adquisición de las pertenencias mineras; (2) el rechazo parcial del costo no constituye doble tributación pues el SII consideró el pago declarado en formulario 22 año 2012; (3) la reliquidación solicitada por pagos de Liquidaciones Nºs 150-153 no procede porque esos pagos corresponden a períodos tributarios distintos y contribuyentes diferentes, y fueron dejados sin efecto por el SII por errores manifiestos; (4) conforme artículo 21 CT, corresponde al contribuyente desvir
Se rechaza en todas sus partes el reclamo interpuesto contra Liquidación N°388 de 20 de julio de 2015. Se deja firme dicha liquidación. No se condena en costas considerando motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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