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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIOS PUBLICITARIOS GESEMARA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 05-07-2016 · Materia: Liquidación
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de impuestos por falta de nulidad en notificaciones y válida prescripción. Empresa no informó cambio de representante legal al SII.
Servicios Publicitarios Gesemara Limitada fue notificada mediante Citación N°190 de 30.04.2014 y Liquidación N°835 de 25.07.2014 por $5.627.868 (impuestos, reajustes e intereses) por año tributario 2011. La empresa alegó nulidad de notificaciones por estar dirigidas a Jorge Toro Quezada como representante, cuando había dejado de serlo desde 05.11.2011. Sostuvo que cambió de representante y socios en 2010-2011 pero no informó al SII mediante Formulario 3239.
El tribunal estimó que la notificación es válida conforme al artículo 9 del Código Tributario: mientras no conste aviso de extinción de título de representante, es válida la notificación a quien figure como tal. La empresa incumplió obligación de informar cambios societarios en plazo de 15 días hábiles per Resolución SII N°55/2003. No existe perjuicio acreditado pues la empresa se defendió oportunamente en instancia administrativa y judicial. Las actas fueron suscritas por ministro de fe, lo que reviste veracidad. La Liquidación se emitió dentro de plazo de prescripción (3 años más 4 meses por
Se rechazó el reclamo en todas sus partes. Se confirmó Liquidación N°835 de 25.07.2014. Se declaró que cada parte pagaría sus propias costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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