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Tribunal de los Lagos
HOMEPANEL SPA con Servicio de Impuestos Internos Región de Los Lagos
Fecha: 21-07-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Homepanel SPA contra liquidaciones de IVA e Impuesto Único por no presentar declaraciones mensuales ni anuales, confirmando la tasación de base imponible por el SII.
Homepanel SPA inició actividades el 24 de diciembre de 2014 y emitió factura electrónica N°1 por $28.356.000 (neto) con IVA débito de $5.387.640. No presentó formulario 29 (declaración mensual IVA período diciembre 2014) ni formulario 22 (declaración anual renta 2014). El SII cursó Citación N°62 de 15 de junio de 2015 solicitando antecedentes específicos. El contribuyente no respondió. SII liquidó impuestos adeudados: N°386 ($7.784.870 IVA) y N°387 ($11.833.645 Impuesto Único artículo 21 LIR).
El tribunal desestima el argumento de inexistencia de la operación facturada, indicando que conforme al artículo 22 DL825, debió emitir nota de crédito de conformidad con Resolución Exenta N°45/2003. El tribunal rechaza que problemas personales, familiares o profesionales eximan del cumplimiento tributario. Respecto al artículo 107 CT, señala que es inaplicable pues regula sanciones y no el cobro de impuestos adeudados. Aplica artículo 132 inciso 11 CT: los antecedentes aportados en sede judicial son inadmisibles por no haberlos acompañado en fiscalización, operando la sanción procesal. El cré
Rechaza en todas sus partes el reclamo de 19 de noviembre de 2015. Confirma liquidaciones N°386 y N°387 de 22 de julio de 2015. Condena en costas al actor. Notifica por carta certificada al actor y por publicación web al SII.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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