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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SOCIEDAD ADMINISTRADORA DEL TERMINAL PESQUERO METR con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 31-08-2016 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma liquidaciones de IVA y Renta a Terminal Pesquero por cobros por estacionamiento y arriendo de locales que debieron ser gravados, rechazando reclamo de nulidad por vicios formales.
La Sociedad Administradora del Terminal Pesquero Metropolitano S.A. fue fiscalizada por el SII, originando 30 liquidaciones de marzo 2011 por IVA de períodos 2007-2010, Renta de Primera Categoría años 2008 y 2010, y reintegro artículo 97 LIR años 2009-2010. Se cuestionaron: (A) emisión de vales exentos de IVA por ingreso de vehículos; (B) facturas exentas por arriendo de locales y salas de fileteo; (C) cálculo de crédito fiscal. La reclamante sostuvo que cobros de estacionamiento y algunos arriendos no estaban gravados. El Tribunal inspeccionó personalmente el terminal en 2016.
El Tribunal analizó tres conceptos principales. Respecto al Concepto A, determinó que los cobros por ingreso de vehículos configuran estacionamiento en lugares destinados a tal fin, hecho gravado por letra i) artículo 8° DL 825 (IVA), no siendo mero tránsito de terceros. Para Concepto B, constató que arriendos de Locales 1-16, TC 1-2-5-6-9 y 17-112 incluyen instalaciones y muebles que permiten ejercicio de actividades, configurando arrendamiento de bienes inmuebles letra g) artículo 8° DL 825, debiendo facturarse afectos. Respecto Concepto C, confirmó proporcionalidad del crédito fiscal recalc
Rechaza reclamo del 26.08.11 en ejercicio del Derecho de Opción. Confirma íntegramente liquidaciones 257-286 de 28.03.11 por Conceptos A, B y C. No condena en costas considerando motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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