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Tribunal Antofagasta
Cortés Astorga con Servicio de Impuestos Internos Región Antofagasta
Fecha: 14-10-2016 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamación contra liquidaciones de IVA y renta por $109.816.645 al acreditarse que las operaciones gravadas fueron realizadas por la sociedad continuadora, no por el contribuyente persona natural.
Manuel René Antonio Cortés Astorga constituyó sociedad de responsabilidad limitada Comercializadora Cortés Marabolí Limitada el 2 de noviembre de 2011, continuadora de su actividad comercial. El SII le liquidó diferencias de impuesto (IVA, Renta y Global Complementario) respecto de períodos enero-junio 2012 por $109.816.645, basándose en información de Transbank sobre ventas asociadas al RUT del contribuyente. El reclamante sostuvo que dichas operaciones fueron realizadas por la sociedad continuadora desde enero 2012, que éstas emitió las boletas y pagó los impuestos correspondientes.
El tribunal acreditó mediante análisis de boletas emitidas por la sociedad Comercializadora Cortés Marabolí Limitada, listados de Transbank y testimonios que prácticamente el 95% de las operaciones del listado base de las liquidaciones tienen boletas emitidas por la sociedad por iguales montos y fechas. Transbank informó que el contribuyente persona natural efectuó su última transacción el 4 de junio de 2012 y la sociedad inicio la primera operación el 5 de junio de 2012. Se concluyó que las operaciones no fueron realizadas por Manuel Cortés Astorga sino por la sociedad continuadora, quien emi
Se rechaza inadmisibilidad probatoria del SII. Se acoge la reclamación y se dejan sin efecto las liquidaciones Nº 589 a 596 de 10 de diciembre de 2015. No se condena en costas por motivo plausible de litigio.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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