Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal de los Rios
OBISPADO DE VALDIVIA con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 17-11-2016 · Materia: Resolución · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
ACOGE Ha Lugar
Se acoge la reclamación del Obispado de Valdivia contra la Resolución del SII que modificó el avalúo de un inmueble por falta de fundamentación de hecho y derecho en el acto administrativo.
El Obispado de Valdivia es dueño de un inmueble ubicado en calle Independencia N° 528 de Valdivia, amparado con Rol de Avalúo N° 79-4. El SII dictó Resolución Ex A 17.2016.00000934 del 12 de abril de 2016, modificando el avalúo del bien raíz de $1.842.054.493 a $1.940.614.562, con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2013, incrementando la base imponible en $98.560.069 y fijando nuevo giro de impuesto territorial en $2.236.074 semestral. El Obispado reclama la resolución por carencia total de fundamentos de hecho y derecho.
El Tribunal concluyó que la resolución reclamada carece de fundamentación adecuada. Aunque cita artículos 2, 16, 28 y 29 de la LIT, no explica cómo su aplicación justifica la modificación del avalúo ni expresa las razones jurídicas. Faltaban completamente los elementos fácticos que expliquen el aumento. El SII posteriormente indicó que la modificación se basó en nuevas construcciones detectadas (galería comercial de 528.20 m²) conforme al artículo 12 letra a) de la LIT, pero estas razones nunca figuraron en la resolución. El acto debe contener elementos suficientes para hacerlo inteligible y a
Se acoge la reclamación tributaria interpuesta por el Obispado de Valdivia y se deja sin efecto la Resolución Ex SII N° A 17.2016.00000934 del 12 de abril de 2016. No se condena en costas a la parte reclamada.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.