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Tribunal de los Rios
JORVAL CONSTRUCCIONES LTDA con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 30-12-2015 · Materia: Resolución · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA Modificatorio No Ha Lugar
Tribunal acoge parcialmente reclamación de empresa constructora contra negación de devolución tributaria 2014, aceptando depreciaciones y crédito especial tras presentar documentación faltante en fiscalización.
Jorval Construcciones Limitada reclama contra Resolución Ex. N° 161 del SII y Liquidaciones N° 56 y 57 (mayo 2015) que denegaron devolución de $8.668.611 para A.T. 2014 y modificaron pérdida tributaria de $7.801.108 a $4.420.606. El Servicio rechazó gastos por remuneraciones ($55.922.129), gratificaciones ($13.919.521), asignaciones y viáticos ($19.594.083), depreciaciones ($5.330.779) y crédito empresas constructoras ($1.502.315) por falta de documentación. La reclamante argumenta haber acompañado parcialmente documentos en fiscalización y presenta nuevos antecedentes en juicio.
El Tribunal analiza si la documentación acompañada en juicio valida los rechazos del Servicio. Respecto depreciaciones: acredita adquisición de bienes mediante facturas, contratos y certificados presentados en autos, desvirtuando el rechazo excepto vehículo Citroen 2006. Para crédito especial empresas constructoras: verifica existencia de relación contractual, servicios de construcción, permiso de edificación municipal, facturas de venta y certificado de recepción definitiva, descartando falta de documentación. Determina que aunque antecedentes nuevos se presentan en segunda instancia, la ause
Se acoge parcialmente la reclamación. Acreditados depreciaciones y crédito especial empresas constructoras (excepto vehículo Citroen 2006). Se rechaza en demás partes. SII debe ajustar liquidaciones y resolución conforme a lo fallado. Sin condena en costas por no haber sido totalmente vencida.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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