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Tribunal de Coquimbo
SOCIEDAD INMOBILIARIA HUANHUALÍ S.A con SII- DIRECCIÓN REGIONAL DE LA SERENA
Fecha: 17-11-2016 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación por créditos de activo fijo y contribuciones; contribuyente no acreditó procedencia de créditos al no acompañar antecedentes en respuesta a citación del SII.
Inmobiliaria Huanhualí S.A. reclamó liquidación N°304101000145 por $85.294.470 del AT 2013. El SII observó créditos por activo fijo (A98) y contribuciones de bienes raíces (A99) como excesivos. La contribuyente alegó que no recibió notificaciones en domicilio registrado, que el fiscalizador le habría señalado verbalmente esperar resolución de RAF antes de entregar antecedentes, y que acompañó posteriormente certificados de pago de contribuciones. El SII sostuvo que la contribuyente no respondió oportunamente la citación de 10.12.2015.
El Tribunal estableció que las notificaciones se practicaron conforme a derecho en domicilios registrados por la contribuyente. Rechazó alegación de caducidad del plazo del art. 59 CT por falta de certificación de entrega de antecedentes, pues la contribuyente no acreditó haberlos entregado oportunamente. Declaró inadmisibles los certificados de pago de contribuciones por no acompañarse en respuesta a citación (art. 132 inc. 11 CT). El peritaje no fue concluyente sobre cumplimiento de requisitos para crédito por contribuciones. Sobre crédito por activo fijo, faltó declaración de renta AT 2013
Se rechaza el reclamo y confirma liquidación N°304101000145 de 18.03.2016. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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