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Tribunal L.G.B. Ohiggins
SOCIEDAD de C. CLAUDIO CUMSILLE CHOMALÍ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI DR RANCAGUA
Fecha: 24-02-2017 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra acta de infracción por pérdida de libros contables y facturas. Estima pérdida no fortuita por negligencia del contribuyente y requerimiento previo del SII. Confirma multa de 5 UTA.
Sociedad de combustibles sufrió robo en octubre 2016, perdiéndose libros contables, libro de balance, libro FUT y facturas de proveedores. Denunció a Carabineros e informó al SII el mismo día. El contribuyente había sido requerido por el SII en julio 2016 para presentar documentación tributaria por inconsistencias en su declaración de renta AT 2016. Publicó pérdida en diario El Mercurio. SII emitió acta de denuncia calificando la pérdida como no fortuita y grave.
El Tribunal estima que el contribuyente de primera categoría debe emplear mayor diligencia en cuidado de documentación tributaria según artículo 17 CT. Considera que dejar documentos en lugar sin medidas de seguridad suficientes constituye exposición imprudente al riesgo. Se aplica presunción de pérdida no fortuita conforme artículo 97 N°16 inciso 2° CT, reforzada por existencia de requerimiento previo del SII. La prueba rendida no acredita adopción de todas las medidas a su alcance para evitar el hurto. Estima conducta contumaz por no entregar documentación requerida. Reconoce falta de reinci
Se rechaza reclamo. Se confirma Acta de Denuncia de Infracción N°77316009362 por contravención al artículo 97 N°16 inciso segundo CT. Se aplica multa de 5 Unidades Tributarias Anuales. Se condena al reclamante en costas por falta de motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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