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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
CRUZ PUGA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 21-03-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
Tribunal rechaza reclamo contra Liquidación N° 970 (R) por rentas de fuente extranjera. Contribuyente no aportó pruebas suficientes para desvirtuuar información de autoridad tributaria española.
Eugenio José Cruz Puga, contribuyente de segunda categoría, fue fiscalizado por rentas de fuente extranjera percibidas en 2010 mientras trabajaba para el Instituto Valenciano de la Exportación (IVEX), España. El SII citó al contribuyente para acreditar rentas de $37.674.663 según información de autoridad tributaria española. Contribuyente respondió que solo declaró $14.032.245 en sueldos y que documentación estaba en poder de IVEX. SII emitió Liquidación N° 970 (R) por $10.674.866 más recargos. Contribuyente reclama arbitrariedad y falta de fundamentos.
El Tribunal establece que corresponde al contribuyente probar con documentos la verdad de sus declaraciones según artículo 21 del Código Tributario. Analiza que la Liquidación fue emitida conforme a ley, previo procedimiento de auditoría que incluyó notificación y citación del contribuyente. La información sobre rentas de fuente extranjera provino de administración tributaria de España mediante convenios vigentes para evitar doble imposición. El reclamante no aportó prueba alguna que acreditara ilegalidad o arbitrariedad del acto. No desvirtuó la información española ni acompañó documentación
Se rechaza reclamo interpuesto. Se confirma Liquidación N° 970 (R) de 21.08.2014 en todas sus partes. Se giran impuestos liquidados. No se condena en costas al reclamante por tener motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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