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Tribunal del Biobio
REISENEGGER ROMETSCH con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 10-04-2017 · Materia: Artículo 97 N° 15 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra multa por incumplimiento de citación a declaración jurada, confirmando que la contribuyente debió comparecer personalmente y no mediante mandatario.
Astrid Reisenegger Rometsch fue citada por el SII mediante Citación N° 35 de 14 de octubre de 2016 para prestar declaración jurada sobre operaciones de compra y venta de inmuebles ocurridas en 2010 y 2011. La contribuyente no compareció personalmente, sino que envió a su mandatario Hugo Peña Arias. El SII notificó infracción N° 1323994 de 5 de enero de 2017 por incumplimiento de la citación, sancionada conforme al artículo 97 N° 15 del CT. La reclamante alegó que dio cumplimiento mediante mandatario y que la excepción del artículo 60 inciso penúltimo del CT la eximía de comparecer.
El tribunal analiza si la comparecencia mediante mandatario satisface el requerimiento de la citación. Aunque generalmente es facultativo comparecer personalmente ante el SII, ciertas actuaciones requieren exclusivamente presencia personal del contribuyente. La declaración jurada sobre hechos personales de la contribuyente es una de estas actuaciones que no puede ser realizada por mandatario, pues el poder general no autoriza al apoderado para formular declaraciones juradas sobre hechos personales ajenos. Las excepciones del artículo 60 inciso penúltimo del CT no operan respecto de las obligac
Se rechaza el reclamo de la contribuyente. Se confirma la notificación de infracción N° 1323994 y se aplica multa de 1 UTA por incumplimiento de la Citación N° 35, con condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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