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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
GONZALEZ NUÑEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 13-04-2017 · Materia: Liquidación
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones de impuestos de Primera Categoría por falta de prueba idónea del origen de fondos invertidos en fondos mutuos.
Gladys González Núñez, socia de empresa, fue fiscalizada respecto de inversiones en fondos mutuos por $249.267.229 en 2010 y $860.655.500 en 2011. El SII cuestionó el origen de estos fondos mediante Citación N°3 de 14.01.2014. La contribuyente aportó documentación consistente en cartolas de créditos bancarios, comprobantes de venta de bienes raíces y certificados de operaciones. El SII emitió Liquidaciones N°145 a 148 de 31.07.2014 por impuestos de Primera Categoría y Global Complementario por montos no justificados. La reclamante alegó que había probado el origen mediante flujos de caja desde
El tribunal aplicó el artículo 21 del Código Tributario, que establece que corresponde al contribuyente probar la verdad de sus declaraciones mediante documentos, libros de contabilidad u otros medios necesarios. Consideró el artículo 70 de la LIR, que presume que gastos, desembolsos e inversiones sin origen acreditado corresponden a rentas de Primera Categoría. El tribunal constató que la reclamante solo presentó fotocopias simples de flujos de caja y copias de agentes retenedores, sin documentación original de respaldo ni contabilidad completa y fidedigna. Concluyó que estos documentos priva
Se rechaza el reclamo de González Núñez. Se confirman las Liquidaciones N°145 a 148 de 31.07.2014. Se declara que no se condena en costas a la parte vencida por haber tenido motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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