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Tribunal de Coquimbo
GONZÁLEZ BLANCO con SII - DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 25-04-2017 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
PARCIAL Ha Lugar en Parte Revocatorio
Tribunal anula liquidaciones de impuestos al contribuyente González Blanco por operaciones en plataforma de inversión KT Financial Group, al constatar vicios procesales en la determinación y falta de documento oficial que justifique el cobro.
Juan José González Blanco realizó inversiones en la plataforma de KT Financial Group durante 2012 mediante una subcuenta de inversión (N°11645), utilizando fondos de diversos orígenes: sueldos, créditos bancarios, venta de inmuebles y retiros de inversiones previas. El SII emitió liquidaciones N°172 a 174 por $225.876.602 más reajustes, intereses y multas ($416.315.976), basándose en un supuesto certificado de ganancias de $478.761.947. El contribuyente cuestionó que se consideraron sólo parcialmente los fondos disponibles y que el documento base no existía en la carpeta de fiscalización.
El tribunal constató que la liquidación se fundamentó en un certificado de KT Financial Group de fecha 28 de abril de 2015 que el SII no pudo exhibir ni acreditar en su carpeta. Verificó que KT Financial Group negó haber emitido tal documento y que cronológicamente fue imposible que el contribuyente lo proporcionara antes de la citación, ya que ésta lo incluía. Determinó que las operaciones en derivados debieron clasificarse bajo artículo 20 N°5 de la LIR (conforme Ley N°20.544), tributándose sobre base percibida. Concluyó que las ganancias de operaciones cerradas constituían rentas percibidas
Se dejan sin efecto las liquidaciones N°172, 173 y 174 de fecha 31 de agosto de 2016, por defectos procesales graves: inexistencia del documento de sustentación, indefensión del contribuyente y falta de fundamentación adecuada del acto administrativo.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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