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Tribunal L.G.B. Ohiggins
Gonzalez Garrido con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI DR RANCAGUA
Fecha: 30-05-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones de impuestos por uso de facturas falsas, que excluyen aplicación del plazo de 6 meses de la Ley 18.320.
Ariel González Garrido, mueblista, fue fiscalizado conforme a Ley 18.320 a partir de 28 de mayo 2014. Presentó documentación el 25 de junio 2014. Fue citado con Citación N°6 el 26 de febrero 2015, la que contestó el 25 de marzo 2015. El SII notificó Liquidaciones 49 a 66 el 31 de julio 2015, abarcando IVA julio 2012-diciembre 2013 e impuesto a la renta 2013-2014. El reclamante alegó que la liquidación excedió el plazo de 6 meses de la Ley 18.320. Durante la fiscalización se detectaron 33 facturas falsas y 11 no fidedignas utilizadas para crédito fiscal.
La Ley 18.320 confiere plazo fatal de 6 meses para citar, liquidar o girar impuestos, contado desde que vence el término para presentar antecedentes requeridos. Sin embargo, la ley excluye este plazo cuando existen infracciones tributarias sancionadas con pena corporal. El tribunal acreditó que González Garrido utilizó facturas falsas en múltiples periodos tributarios (mayo 2011 a diciembre 2013), lo que constituye infracción del art. 97 N°4 del CT, sancionada con pena corporal. Al concurrir esta causal de exclusión, resultaba aplicable el plazo general de prescripción del art. 200 CT, no el d
Se rechaza el reclamo y se confirman las Liquidaciones 49 a 66 de 31 de julio 2015. Se condena en costas al reclamante. Ordenase cumplimiento administrativo de la sentencia.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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