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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
NARVAEZ ELGUETA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 05-07-2017 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones de impuestos por años 2011-2013, confirmando aplicación del artículo 35 LIR (presunción de renta mínima) por insuficiencia de antecedentes.
Filomena Andrea Narváez Elgueta, empresaria individual con giro agrícola-ganadero, fue fiscalizada por el SII respecto a años tributarios 2011, 2012 y 2013 por cargos de depreciación de construcciones. El SII dictó liquidaciones números 109 a 114 por $1.963.595.698 más reajustes e intereses, rechazando la depreciación declarada al considerar insuficientemente acreditada la posesión de bienes. La contribuyente acompañó documentación (balances, determinación de RLI, planillas de depreciación) pero no antecedentes que respaldaran las declaraciones en Formularios 22.
El Tribunal considera que el artículo 35 de la LIR es aplicable cuando no puede determinarse clara y fehacientemente la renta líquida imponible por falta de antecedentes. En este caso, pese a la documentación aportada, no se acreditó fehacientemente lo declarado en los Formularios 22 mediante respaldo documental idóneo. El tribunal rechaza la alegación de contradicción (actos propios) señalando que es la ley la que establece usar el capital efectivo del año 2010, período no fiscalizado y no cuestionado. Desestima también que sea requisito la declaración previa de contabilidad no fidedigna conf
Se rechaza el reclamo y se confirman íntegramente las Liquidaciones 109 a 114 de 30 de julio de 2014. Se condena a la reclamante al pago de costas personales de $500.000 por carecer de motivos plausibles para litigar.
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