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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
LOPEZ MONTET con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 31-07-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA
Tribunal rechaza reclamo de López Montet contra liquidaciones del SII por insuficiencia de prueba respecto del origen de fondos invertidos en bienes raíces y acciones.
Héctor Alfredo López Montet, empresario individual en obras menores de construcción, fue fiscalizado por el SII respecto de inversiones en bienes raíces ($54.533.627) y acciones ($20.780.975) realizadas en 2010, que no eran congruentes con sus rentas declaradas. El SII emitió liquidaciones 926(R) y 927(R) del 30.07.2014, requiriendo justificación del origen de fondos. El contribuyente aportó documentación incluyendo créditos bancarios, contrato de usufructo y cesión de derechos hereditarios, que el SII consideró insuficiente. López Montet reclama argumentando que dicha documentación acreditaba
El tribunal establece que para justificar inversiones debe acreditarse el ingreso a patrimonio de sumas de fuente comprobable, requiriéndose trazabilidad lógica entre lo dispuesto en patrimonio y su aplicación a inversiones. La documentación aportada (fotocopias simples sin firma ni timbre, sin contabilidad respaldatoria) resulta absolutamente insuficiente conforme a normativa vigente. Respecto de gastos de vida, el SII aplicó correctamente la presunción del 70% del art. 70 LIR. El reclamante no desvirtúó tal presunción ni acreditó sus gastos reales. Los créditos de consumo carecen de document
Se rechaza la solicitud de nulidad de notificación y se deniega integramente el reclamo. Se confirman las liquidaciones 926(R) y 927(R) del 30.07.2014. Se ordena girar los impuestos correspondientes. No se condena al reclamante al pago de costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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