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Tribunal Antofagasta
ARMEX LTDA con Servicio de Impuestos Internos Región Antofagasta
Fecha: 06-10-2017 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de ARMEX por prescripción de la acción fiscalizadora del SII en liquidaciones de reintegro de IVA exportador e impuesto a la renta, dejando sin efecto las liquidaciones cuestionadas.
ARMEX Ltda., empresa dedicada a la venta de metales y minerales, fue fiscalizada por el SII respecto a créditos fiscales asociados a compras de chatarra. El SII emitió liquidaciones (N°71-87 de 2015 y N°43-48 de 2016) rechazando créditos fiscales por considerar las facturas de proveedores como ideológicamente falsas y operaciones inexistentes. La reclamante cuestionó estas liquidaciones argumentando prescripción de la acción fiscalizadora y cumplimiento de requisitos legales para utilizar créditos fiscales.
El tribunal resolvió que las liquidaciones sobre reintegro de IVA exportador fueron notificadas fuera del plazo de prescripción de tres años establecido en el artículo 200 inciso 1° del Código Tributario. Respecto de las liquidaciones de impuesto a la renta (años 2010-2012), concluyó que las declaraciones no fueron maliciosas, por lo que no procedía el plazo de seis años, sino el ordinario de tres años, que también había vencido al momento de notificación. La citación del 10 de marzo de 2016 no produjo efecto de interrupción pues ya había transcurrido el plazo de tres años.
Se acoge el reclamo. Se declara prescrita la acción fiscalizadora del SII y se dejan sin efecto las liquidaciones N°71-87 de 2015 y N°43-48 de 2016. No se condena en costas a la parte reclamada por tener motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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