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Tribunal del Biobio
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN con POBLETE REYES
Fecha: 16-10-2017 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma infracción por uso de 5 facturas falsas para obtener crédito fiscal indebido, causando perjuicio fiscal de $13.738.572 en IVA durante 2014.
Ramiro Poblete Reyes, contratista, registró en su contabilidad entre agosto y noviembre de 2014 cinco facturas falsas supuestamente emitidas por Comercializadora Codelecc Limitada. Estas facturas tenían valores diferentes a los emitidos realmente por el proveedor a otros clientes. El contribuyente reconoció mediante declaración jurada haber adquirido las facturas en efectivo de una persona llamada Carlos sin saber que eran falsas. Utilizó estas facturas para aumentar su crédito fiscal y declarar gastos inexistentes en sus formularios 29, disminuyendo su base imponible del Impuesto a la Renta.
El tribunal consideró que las facturas fueron utilizadas maliciosamente para aumentar el crédito fiscal indebidamente. La denuncia de fecha 10 de enero de 2017 emitida por un ministro de fe goza de objetividad total. Se acreditó mediante cruce de información que las facturas números 1705, 1727, 1737, 1739 y 1945 fueron emitidas a otros contribuyentes en fechas y montos distintos. El contribuyente actuó dolosamente al utilizar en sus declaraciones de IVA crédito fiscal por operaciones que sabía no eran reales, conducta reiterativa en el tiempo. La infracción se tipifica en artículos 97 N°4 inci
Se confirma la denuncia y la infracción de artículos 97 N°4 incisos 1 y 2 del Código Tributario por uso malicioso de facturas falsas. Se aplica sanción pecuniaria considerando el perjuicio fiscal de $13.738.572 por concepto de IVA actualizado a enero de 2017.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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