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Tribunal del Biobio
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN con SEPÚLVEDA CERDA
Fecha: 30-07-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma infracción del artículo 97 N°4 inciso 2 del CT por uso malicioso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA y aplica multa de $93.717.723 equivalente al 260% de impuestos evadidos.
Contribuyente Graciela Adriana Sepúlveda Cerda, dedicada a agricultura y comercialización de frutas, registró y declaró en períodos febrero 2014 a febrero 2016 tres facturas ideológicamente falsas provenientes de dos supuestos proveedores que actuaban como facilitadores de documentos tributarios. Las facturas respaldaban créditos fiscales IVA ficticios por operaciones inexistentes. Los supuestos proveedores reconocieron en declaraciones juradas haber solo emitido facturas sin ver los productos ni vehículos de transporte, recibiendo comisiones.
El tribunal estima que los hechos quedan acreditados por el acta de denuncia emitida por funcionarios con calidad de ministro de fe, sin que la contribuyente presentara descargos. La infracción se configura por utilización maliciosa de facturas falsas tendiente a aumentar el monto de créditos fiscales IVA respecto de cantidades a pagar, tipificada en artículo 97 N°4 inciso 2 CT. En aplicación del artículo 107 CT se consideran agravantes: grado de cultura suficiente, perjuicio fiscal alto ($35.830.296), falta de cooperación y dolo evidenciado en reiteración de conductas. No se acreditan reincid
Se confirma la denuncia y se declara que la contribuyente ha cometido la infracción del artículo 97 N°4 inciso 2 CT. Se aplica sanción pecuniaria de multa por $93.717.723, equivalente al 260% de impuestos evadidos actualizados a julio 2018. No hay condena en costas.
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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