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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE con SOCIEDAD DE INVERSIONES PAPUPO LTDA.
Fecha: 13-11-2017 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
Tribunal confirma infracciones tributarias de Sociedad de Inversiones Papupo Ltda. por omisión maliciosa de ingresos en declaraciones de IVA e impone multa de $7.017.432.
Sociedad de Inversiones Papupo Limitada, empresa de publicidad constituida en 2010, fue fiscalizada por el SII en período septiembre 2013 a noviembre 2014. Se detectaron discrepancias entre facturas emitidas a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional y Empresas Carozzi S.A., y los débitos fiscales declarados en formularios 29. La contribuyente subdeclaró débitos de facturas números 244, 276, 277, 250 y 283, omitiendo declaraciones de IVA en septiembre y octubre 2014 a pesar de haber emitido facturas. El perjuicio fiscal total ascendió a $7.668.395 por IVA y Renta combinados.
El tribunal estimó plenamente acreditadas ambas infracciones. Respecto del artículo 97 N°4 (declaraciones maliciosamente falsas), se comprobó que la denunciada redujo en promedio 53% su débito fiscal declarado versus lo verificado en hechos, evadiendo impuestos deliberadamente. Respecto del artículo 97 N°5 (omisión reiterada y maliciosa), se constató omisión de formularios 29 en dos períodos generando débito fiscal de $9.275.455. Se consideraron como agravantes: conocimiento de obligaciones tributarias (desarrollaba actividad desde 2010 afecta a IVA), perjuicio fiscal de considerable cuantía,
Se confirma Acta de Denuncia N°5 por infracciones de artículos 97 N°4 inciso primero y 97 N°5 del Código Tributario. Se aplica multa de $7.017.432 equivalente al 300% del monto defraudado acreditado por artículo 97 N°4, ya actualizado.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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