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Tribunal de Coquimbo
ROJAS WILLIAMS con SII DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 15-02-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Patricio Iván Ulloa Neira
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de contribuyente contra liquidación de impuestos por año 2014, ordenando reliquidación excluyendo crédito por impuesto único al trabajo por vaguedad en fundamentación del SII.
Manuela Soledad Rojas Williams reclamó contra Liquidación N° 404201000054 de mayo 2017, que determinaba impuesto a pagar de $2.241.007 por inconsistencias en su Declaración de Renta 2014. El SII observó tres partidas: crédito por impuesto de primera categoría (G11), rebaja por intereses de créditos hipotecarios (G56) e impuesto único declarado (G77). La contribuyente acompañó documentación incluyendo declaración jurada 1886, certificados de agentes retenedores y liquidaciones de remuneraciones para acreditar la procedencia de los créditos impugnados.
El tribunal estableció que en materia tributaria rige el principio de carga de la prueba a cargo del contribuyente. Sin embargo, señaló que el SII incurrió en vicio de fundamentación al agregar nuevos reproches en el traslado del reclamo que no constaban en la liquidación terminal, vulnerando el derecho de defensa. Destacó que un acto administrativo debe bastarse a sí mismo y contener la justificación de sus decisiones. Respecto del crédito por impuesto de primera categoría, los documentos fueron insuficientes al no acompañarse el libro FUT. Para la rebaja por intereses hipotecarios, el contri
Acoge en parte el reclamo ordenando que el SII practique reliquidación excluyendo el crédito por impuesto único al trabajo. Rechaza lo demás. Sin condena en costas por no haber resultado vencida totalmente ninguna de las partes.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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