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Tribunal de los Lagos
SII X DIRECCION REGIONAL PUERTO MONTT con CONSTRUCCIONES HARDY TOMAS RUIZ VALDERAS E.I.R.L.
Fecha: 08-03-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE Ha Lugar
Se acoge denuncia del SII contra empresa constructora por declarar facturas falsas que aumentaron indebidamente crédito fiscal IVA en diciembre 2015 y enero 2016, condenándola a multa equivalente al 100% del tributo defraudado.
Construcciones Hardy Tomás Ruiz Valderas EIRL declaró en formularios 29 de diciembre 2015 y enero 2016 dos facturas falsas de proveedores: factura N° 189 de María Fernanda Ampuero Fuentes por $9.405.000 IVA crédito y factura N° 100500 de Venta Comisionista Combustible y Lubricantes por $9.767.627 IVA crédito. Ambas facturas fueron contabilizadas en Libro de Compras e incluidas en declaraciones mensuales de IVA. Verificaciones constataron falsedad: la factura 189 no fue emitida por Ampuero Fuentes sino por otra empresa; la factura 100500 tenía domicilio falso del proveedor. El perjuicio fiscal
El tribunal aplicó sana crítica a la prueba documental aportada por el SII, estableciendo que los hechos fueron acreditados: la empresa registró maliciosamente facturas falsas en periodos diciembre 2015 y enero 2016, permitiendo aumentar indebidamente créditos fiscales (ambas facturas representaron 100% del crédito fiscal de cada período). Los hechos constituyen ilícito del artículo 97 N° 4 inciso 2° CT, configurando maniobra tendiente a aumentar créditos indebidamente. La malicia resultó evidente del deliberado tratamiento tributario de documentos falsamente incluidos en declaraciones mensual
Se acoge acta de denuncia N° 2/2017 por infracción consumada del artículo 97 N° 4 inciso 2° CT. Se condena a Construcciones Hardy Tomás Ruiz Valderas EIRL a pagar multa de $19.977.877, equivalente al 100% del monto del tributo defraudado.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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