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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
KINGSDALE TRADING CON INC AGENCIA EN CHILE Y CIA L con SII-DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 30-05-2018 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Kingsdale contra liquidación por tasación de aporte de acciones a Johnson's Inversiones S.A., confirmando ejercicio legal de facultad tasatoria del SII conforme al artículo 64 del Código Tributario.
Kingsdale Trading Co. Inc. Agencia en Chile y Cía. Ltda. aportó 340.951.710 acciones de Johnson's S.A. a la constitución de Johnson's Inversiones S.A. el 12 de agosto de 2010, por un valor de $1.377.283.104. Las acciones estaban registradas en contabilidad de Kingsdale por $8.982.033.192 al 31.12.2009. El SII, mediante Liquidación N° 8 de 28.08.2014, tasó el aporte por $10.359.385.481 para el AT 2011, generando liquidación de $1.283.161.377. Kingsdale no registró contablemente el aporte en su Libro Diario y Mayor, omisión calificada de involuntaria por cambio de contadores en abril de 2010.
El tribunal analiza el cumplimiento de requisitos del artículo 64 del Código Tributario para exenciones a la facultad tasatoria: (1) reorganización con legítima razón de negocios, (2) no originar flujos efectivos, (3) aportes a valor contable o tributario registrado, (4) asignación en escritura. Destaca que Kingsdale no registró la operación ni a valor contable ni tributario, generando pérdida de $9.424.282.649 al año siguiente. Por no cumplirse todos los requisitos, la excepción no opera. El tribunal valida la tasación conforme artículo 64, señalando que para aportes de acciones de sociedades
Rechazo íntegro del reclamo y confirmación de Liquidación N° 8 de 28.08.2014 en todas sus partes. Se ordenan giros correspondientes por SII. No se condena en costas por estimar plausibles motivos para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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