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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR con SANHUEZA ARAYA
Fecha: 30-05-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA
Tribunal confirma sanción por uso de 19 facturas ideológicamente falsas para declarar crédito fiscal IVA indebido, imponiendo multa del 100% de lo defraudado ($17.902.313).
Contribuyente Anselmo Sanhueza Araya, constructor de viviendas, registró y declaró 19 facturas ideológicamente falsas de 14 supuestos proveedores entre marzo 2014 y octubre 2015, lo que le permitió declarar crédito fiscal IVA indebido en sus formularios mensuales. Las facturas verdaderas de dichos proveedores fueron emitidas en otras fechas, por otros montos y a contribuyentes diferentes. El perjuicio fiscal ascendió a $17.655.141. El contribuyente posteriormente rectificó sus declaraciones y pagó íntegramente capital, multa e intereses por $51.881.472.
El tribunal determinó que se configuró la infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo del CT por maniobras maliciosas tendientes a aumentar el crédito fiscal. El denunciado no podía desconocer la naturaleza y origen de las operaciones registradas en su contabilidad. Aunque planteó falta de dolo argumentando escasa instrucción y confianza en quien le entregaba las facturas, el tribunal concluyó que su condición de contribuyente con 20 años de actividad, su beneficio directo de las maniobras fraudulentas, la conducta sucesiva y reiterada en dos períodos tributarios, y su reconocimiento tácito
Se rechaza el reclamo. Se confirma Acta de Denuncia N°4 por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo CT. Se impone multa de $17.902.313 (100% de lo defraudado). No se condena en costas.
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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