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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO con CONSTRUCTORA PATRICIO CHAVEZ PARADA EIRL.
Fecha: 25-09-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Ha Lugar
Tribunal condena a constructora por usar siete facturas falsas para aumentar maliciosamente créditos fiscales de IVA y rebajar base imponible de renta, imponiendo multa equivalente al 100% de impuestos evadidos.
Constructora Patricio Chávez Parada EIRL registró siete facturas falsas en períodos de noviembre-diciembre 2015 y febrero-junio 2016, provenientes de supuestos proveedores Luis Alberto Ortiz Arias y Luis Hernán Bizama Castro. La empresa utilizó estos documentos falsos en su libro de compras para aumentar créditos fiscales de IVA y deducir costos inexistentes en su declaración de renta 2016. Los supuestos proveedores negaron haber emitido tales facturas y confirmaron que nunca realizaron trabajos para la constructora.
El tribunal concluyó que las siete facturas son probadamente falsas porque: (1) Luis Alberto Ortiz Arias declaró bajo juramento que nunca trabajó con la constructora ni emitió las facturas; (2) la factura N°570 se encontraba sin emitir al mes de septiembre 2016; (3) Luis Hernán Bizama Castro no concurrió a las citaciones; (4) la denunciada no aportó antecedentes para acreditar la efectividad de operaciones; (5) las facturas fueron registradas últimos días del mes para disminuir débito fiscal; (6) siete facturas falsas representan 13.4% del total pero constituyen 94.5% del crédito fiscal impetr
Se confirma acta de denuncia y se condena a Constructora Patricio Chávez Parada EIRL al pago de multa de $22.221.947, equivalente al 100% de los impuestos evadidos (IVA $12.907.651 + Renta $9.314.296). Se condena en costas a la denunciada.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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