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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE con LOPEZ LOPEZ
Fecha: 04-12-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza íntegramente acta de denuncia del SII por infracciones al artículo 97 N°4 del CT, al no acreditar conocimiento malicioso del contribuyente respecto de facturas falsas.
El SII denunció a Emilio Antonio López López por usar facturas materialmente falsas de proveedores SPAFAX y FULLCOM entre 2011 y 2014, registrando créditos fiscales de IVA sin documentación de respaldo o con facturas duplicadas. En fiscalización, el contribuyente alegó que Claudio Zuñiga le prestó servicios en efectivo y que las facturas físicas se las llevó ese tercero. El tribunal constató que existen juegos duplicados de ciertas facturas y que FULLCOM S.A. emitió algunas a otras empresas, no al denunciado.
El tribunal aplicó sana crítica conforme al artículo 132 del CT. Analizó que el artículo 97 N°4 requiere acción maliciosa, es decir, conocimiento expreso de falsedad. Respecto a SPAFAX, aunque constató timbre duplicado, las facturas presentaban timbre SII visible sin antecedentes externos. Para FULLCOM, determinó que algunas facturas fueron emitidas a terceros (materialmente falsas) pero otras no acreditaron falsedad. Concluyó que el SII no probó que el denunciado actuara sabiendo de la falsedad; el solo recibimiento de servicios no implica conocimiento de vicios documentales.
Se rechaza íntegramente el Acta de Denuncia N°07/2017 por infracciones al artículo 97 N°4 incisos 1° y 2° del Código Tributario. Se condena al SII al pago de sus propias costas. Cada parte paga sus costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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