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Tribunal del Biobio
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN con ZEHNDER GILLIBRAND
Fecha: 20-03-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar
Se acoge excepción de prescripción en denuncia por delito tributario por omisión de honorarios en declaración de renta, prescindiendo de análisis de fondo.
Abogado Javier Zehnder Gillibrand percibió $108.000.000 en honorarios por servicios legales en juicio de partición (2014). Documentó ingresos a través de tres sociedades (Talento, Petrel, Orcoma) en lugar de declarar como rentas personales. En declaración de renta 2015 (Formulario 22, presentada 1 abril 2015) omitió estos $108 millones, declarando solo $16.906.270. Posteriormente rectificó su declaración integrando los montos y pagó impuesto adeudado ($43 millones). Denunciado por presentar declaración maliciosamente falsa o incompleta.
El tribunal determina que el delito imputado se consumó el 1 de abril de 2015 al presentar la declaración de renta omitiendo los $108 millones en honorarios. Aplica plazo de prescripción de 3 años conforme artículo 200 inciso final del Código Tributario, rechazando aplicación retroactiva de Ley 21.039 que ampliaría plazo a 5 años según Código Penal. Estima que retroactividad de ley penal desfavorable vulneraría seguridad jurídica garantizada constitucionalmente. Concluye que entre notificación de denuncia (10 abril 2018) y comisión del ilícito (1 abril 2015) habían transcurrido más de 3 años.
Se acoge excepción de prescripción sin costas. Se declara prescrita la acción persecutoria derivada del ilícito denunciado y se anula Acta de Denuncia N°7. Se omite pronunciamiento sobre demás alegaciones de defensa.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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