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Tribunal del Maule
YELCHO INMOBILIARIA LIMITADA con SII-VII DIRECCCIÓN REGIONAL TALCA
Fecha: 17-05-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
Enmienda de sentencia que modifica la forma de notificación a la parte reclamante, reemplazando carta certificada por publicación en sitio web del tribunal conforme a apercibimiento previo.
Se trata de una reclamación de Yelcho Inmobiliaria Limitada en contra de la SII-Dirección Regional Talca respecto de una liquidación. El tribunal dictó sentencia definitiva el 17 de mayo de 2019. Previamente, mediante resolución de 27 de enero de 2018, se había decretado un apercibimiento respecto de la forma de notificación.
El tribunal advierte la existencia de un error en la sentencia definitiva de 17.05.2019, específicamente en la parte resolutiva referida a la forma de notificación a la parte reclamante. Considerando lo previsto en el artículo 138 del Código Tributario y el apercibimiento efectivo decretado el 27.01.2018, corresponde enmendar la sentencia para que la notificación se realice mediante publicación en el sitio web del tribunal con aviso al correo electrónico registrado.
Se enmienda la sentencia de 17.05.2019, reemplazando la notificación por carta certificada por publicación en sitio web del tribunal con aviso por correo electrónico. En lo demás se mantiene vigente el texto de la sentencia.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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