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Tribunal Arica y Parinacota
ORDONEZ ROJO con SII- IDIRECCION REGIONAL DE ARICA
Fecha: 20-05-2019 · Materia: Giro · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
ACOGE Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones y giros del SII por procedimiento de fiscalización en materia de origen de fondos e ingresos, desestimando nulidad por extemporaneidad y vicios no esenciales.
Patricia Aurora Ordoñez Rojo, empresaria individual de transporte de carga, fue fiscalizada por el SII (Dirección Regional Arica) respecto a su declaración de renta 2015. Se cuestionó el origen de fondos para inversiones en bienes raíces y automóviles por $111.174.690, y subdeclaración de ingresos. El SII emitió carta aviso N°360100225 del 26.09.2016, citación N°95 del 02.10.2017, liquidaciones N°4 a 14 del 02.02.2018 notificadas el 07.02.2018, y giros del 04.06.2018. La contribuyente interpuso reclamo el 28.09.2018, fuera del plazo de 90 días hábiles.
El tribunal establece que: (1) las liquidaciones fueron válidamente notificadas por cédula el 07.02.2018, por lo que el plazo de 90 días venció el 28.05.2018, siendo extemporáneo el reclamo del 28.09.2018; (2) la citación N°95 fue válidamente notificada, no siendo obligatoria conforme a artículos 59 y 63 del Código Tributario para casos de origen de fondos e ingresos; (3) los vicios alegados (defecto en nombre de quien recibió, falta de citación previa) no son esenciales ni generan perjuicio reparable solo con nulidad, según Ley N°19.880 artículo 13; (4) la contribuyente tenía pleno conocimien
Se rechaza la solicitud de nulidad de citación, liquidaciones y giros por extemporaneidad de la reclamación respecto a liquidaciones y por falta de vicios esenciales con perjuicio en los demás actos, manteniéndose la validez de todos los actos administrativos emitidos por el SII.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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