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Tribunal de Coquimbo
GUERRERO SEGOVIA con SII- DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 06-06-2019 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar
Se anulan liquidaciones de reintegro al constatar que declaraciones de impuestos fueron confeccionadas por funcionarios del SII sin participación de la contribuyente, quien fue víctima de suplantación de identidad.
Adriana Guerrero Segovia recibió liquidaciones 126 y 127 (2015-2016) por $36.599.146 en concepto de reintegro de devoluciones indebidas. Alega no haber presentado declaraciones ni solicitado devoluciones. Entregó su RUT a su hija creyendo que tramitaría beneficios sociales, recibiendo solo $200.000 de los fondos devueltos. Testigos confirman que facilitó su RUT para supuestos beneficios. El SII reconoce que las declaraciones fueron ingresadas desde computadores de funcionarios del SII con clave de funcionaria, aprobadas por jefe de grupo fuera de horario laboral. Se describe un sistema de frau
El tribunal constata que los actos administrativos reclamados carecen de fundamento fáctico válido porque presuponen que la contribuyente presentó las declaraciones de impuestos, hecho que no es efectivo según lo probado. Las declaraciones fueron confeccionadas, revisadas y liberadas por funcionarios del SII desde sus propias computadoras, constituyendo una suplantación de identidad. El tribunal aplicó el principio de probidad consagrado en la Constitución (artículo 8) y la Ley de Bases de la Administración del Estado. Reconoce que proceder contra la contribuyente, sabiendo que fue funcionario
Se acoge el reclamo y se anulan las liquidaciones 126 y 127 practicadas a la contribuyente. No se condena en costas al SII por tener motivo plausible para litigar. Se notifica mediante publicación en sitio web del tribunal.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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