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Tribunal L.G.B. Ohiggins
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI DR RANCAGUA con Sociedad Agrícola Las Heras Limitada
Fecha: 17-06-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
ACOGE Ha Lugar
Tribunal condena a Sociedad Agrícola Las Heras Limitada por utilizar facturas falsas de Jordán Osorio Farías para aumentar crédito fiscal, imponiendo multa del 100% de lo defraudado.
La denunciada registró en su contabilidad cuatro facturas falsas (N°23, 28, 29 y 46) emitidas por Jordán Osorio Farías en períodos febrero a abril de 2016, por un monto neto de $27.850.000 e IVA de $5.291.500. El supuesto proveedor declaró bajo juramento que nunca ejerció actividad de contratista agrícola, siendo trabajador municipal. La denunciada contrató servicios agrícolas (poda, raleo, cosecha, embalaje) que pagó en efectivo a través de Leandro Riquelme, quien se presentaba como empleado de Osorio. Posteriormente rectificó sus declaraciones tributarias retirando las facturas de su contabi
El Tribunal determinó que las facturas eran ideológicamente falsas conforme a sentencias previas en casos similares. Acreditó que el representante legal Luis Antonio Herrera Avendaño tenía conocimiento de la falsedad, dado que contrató con un sujeto desconocido sin contrato escrito y los servicios descritos no podían haber sido realizados por Osorio. Confirmó el elemento de malicia requerido por el tipo infraccional. Estableció perjuicio fiscal de $5.291.500 correspondiente al IVA de las facturas falsas. No se configuraron circunstancias atenuantes ni agravantes de responsabilidad conforme al
Se aplicó multa de $5.291.000 (100% de lo defraudado) a Sociedad Agrícola Las Heras Limitada por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, con condenación en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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