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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
XII DRM SANTIAGO CENTRO SII con JOTA O LOGISTICA SPA
Fecha: 28-06-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
ACOGE Ha Lugar
Se acoge denuncia por uso malicioso de 39 facturas falsas para aumentar créditos fiscales de IVA. Se condena a multa del 100% de lo defraudado ($16.304.743).
JOTA O LOGÍSTICA SPA utilizó 39 facturas falsas emitidas por 15 supuestos proveedores durante octubre 2015 a julio 2016, registrando créditos fiscales de IVA en formularios 29. Las facturas fueron emitidas a otros contribuyentes con montos y fechas diferentes. La empresa registró incluso una factura en dos períodos tributarios distintos. Posteriormente rectificó sus declaraciones pero no canceló los giros generados.
El tribunal aplicó sana crítica a la prueba instrumental consistente en libros de compras, facturas falsas y registros tributarios, constatando que los proveedores emitieron facturas con igual número a terceros distintos, por otros montos y fechas. La multiplicidad, gravedad y conexión de la prueba acreditó que las facturas eran materialmente falsas. Se concluyó que la empresa actuó maliciosamente, sabiendo que los documentos eran falsos y que su uso disminuía indebidamente su carga tributaria, generando perjuicio fiscal de $16.304.743. El dolo se evidencia por la cantidad de documentos falsos
Se acoge acta de denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario. Se condena a JOTA O LOGÍSTICA SPA al pago de multa del cien por ciento (100%) de lo defraudado.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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