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Tribunal L.G.B. Ohiggins
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI DR RANCAGUA con El Maiten SpA
Fecha: 20-08-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Ha Lugar
Tribunal condena a EL MAITEN SPA por utilización maliciosa de 21 facturas ideológicamente falsas para aumentar crédito fiscal de IVA, imponiendo multa de 150% de lo defraudado.
EL MAITEN SPA, a través de su representante Julio Cesar Reyes Latorre, utilizó entre febrero y diciembre de 2017 un total de 21 facturas electrónicas falsas de cinco proveedores (Servicios Ecológicos SPA, Comercial Chacón y Díaz Limitada, Construpoldo SPA, Mustafá SPA y Logística Vega SPA) para respaldar créditos fiscales de IVA por $14.636.270. El representante legal reconoció en declaración jurada que pagó la mitad del IVA a un sujeto llamado Juan Carlos Said, que no conocía a los proveedores y que los servicios descritos no se realizaron. Las facturas fueron incluidas en declaraciones mensu
El Tribunal establece que el artículo 97 N°4 inciso segundo del CT exige: (1) conducta de contribuyente del IVA, (2) malicia, (3) maniobra tendiente a aumentar créditos, y (4) declaración que implique menor pago. Aplicando estándar de prueba infraccional (probabilidad elevada), el Tribunal acreditó mediante la declaración jurada del representante que las facturas eran ideológicamente falsas (no asociadas a servicios reales ni a los proveedores), que fueron incluidas efectivamente en las declaraciones primitivas de IVA, y que la conducta fue dolosa pues el representante admitió comprar facturas
Se aplica multa de $21.954.405 (150% de $14.636.270 defraudado) a EL MAITEN SPA por infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, con condenación en costas. Se ordena cumplimiento administrativo por el SII.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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