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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
COMERCIAL K F LIMITADA con SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE
Fecha: 29-11-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Comercial KF contra liquidación de impuesto de primera categoría 2012, ordenando reliquidación del ítem remuneraciones y confirmando el de depreciación.
Comercial KF Limitada, dedicada a comercialización de prendas, presentó declaración de impuesto a la renta AT 2012 con remuneraciones por $65.557.034 y depreciación por $2.188.971. El SII emitió Citación N°69 del 24.04.15 objetando estas partidas, notificada por cédula en domicilio de Av. Irarrázaval N°5489, Ñuñoa. La contribuyente no respondió la citación. El SII emitió Liquidación N°102 del 10.07.15 agregando ambas partidas a base imponible, generando pago de $13.725.341. La reclamante impugnó alegando defecto de notificación de la citación.
El tribunal analizó dos cuestiones principales: (1) validez de la notificación de la Citación N°69 y vicio de nulidad de la liquidación, concluyendo que se practicó conforme a derecho sin afectar la presunción de legalidad del acto; (2) justificación de gastos por remuneraciones y depreciación. Respecto a remuneraciones, acreditó gastos parcialmente mediante contratos y certificados de cotizaciones previsionales, encontrando discrepancias entre lo pactado y contabilizado. Para depreciación, constató insuficiencia probatoria de fechas de adquisición, valores libros y vida útil de bienes, siendo
Acoge parcialmente el reclamo. Ordena reliquidación del ítem remuneraciones de conformidad a montos debidamente acreditados en autos. Confirma la liquidación en el ítem depreciación. Rechaza inadmisibilidad probatoria invocada por el SII.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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