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Tribunal de Coquimbo
SOC INV COM E INMOB ATB S.A. con SII IV DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 11-12-2019 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra reavalúo de sitio eriazo en La Serena por falta de fundamentos válidos según art. 149 CT, aunque admite la reclamación por interpretación amplia del requisito de causalidad.
Sociedad Inversiones, Comercializadora e Inmobiliaria ATB es propietaria del inmueble ubicado en Avenida el Santo, Rol 00101-00009, La Serena, con destino eriazo de 2.760 m². El avalúo aumentó de $258.522.969 (segundo semestre 2017) a $687.909.521 (segundo semestre 2019), incremento superior a 24 millones de pesos en relación al primer semestre 2019. El predio se encuentra en área homogénea XMB075, zona urbana de riesgo por inundación, sin construcciones ni mejoras. Reclamante alega falta de fundamentación en la modificación del avalúo y ausencia de información suficiente sobre las causas del
El tribunal analiza la procedencia de la excepción de ineptitud de libelo, concluyendo que aunque la reclamación no especifica número de causal del art. 149 CT, contiene exposición clara de hechos y fundamentos de derecho. Estima que exigir señalamiento expreso de número de causal podría obstruir acceso a justicia, vulnerando debido proceso. Determina que los alegatos de la reclamante se subsumen en causal 2ª del art. 149 (aplicación errónea de tablas). Analiza el reavalúo general de 2019 conforme art. 3 Ley 17.235 y Resoluciones Ex. SII Nº 152/2018 y 34/2019. Concluye que autoridad tributaria
Se rechaza excepción dilatoria de ineptitud de libelo. Se rechaza el reclamo manteniéndose avalúo vigente del predio Rol 00101-00009. Se exonera de costas por tener reclamante motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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