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Tribunal de la Araucanía
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO con PABLO DUKES Y COMPANIA LIMITADA
Fecha: 19-11-2012 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Confirmatorio
Tribunal acoge reclamo y deja sin efecto denuncia por infracción al artículo 97 N°4 del CT, pues no se acreditó dolo en declaración de rentas exentas de depósitos en el extranjero.
Pablo Dukes y Compañía Limitada declaró en 2009 como rentas exentas de primera categoría intereses por $475.690.092 generados en depósitos a plazo en Deutsche Bank Alemania. El SII denunció infracción argumentando declaración maliciosamente falsa. En 2010, la contribuyente utilizó pérdidas por corrección monetaria de esos depósitos como rentas gravadas. El Tribunal Tributario acogió reclamo en 2011 anulando la liquidación N°260, determinando que los depósitos fueron efectivamente en el extranjero.
El tribunal analiza que la infracción requiere acreditar dolo mediante circunstancias coetáneas o previas al hecho denunciado. Los elementos probatorios aportados por el SII se refieren a actuaciones posteriores (2010-2011), sin relación causal con la supuesta falsedad de la declaración 2009. El propio SII no cuestionó el carácter de rentas exentas en las liquidaciones 259-260, validando lo declarado en 2009. No existe prueba documental coetánea que demuestre conocimiento pleno y conciencia maliciosa en la declaración de 2009. La contribuyente colaboró durante la auditoría sin desplegar maniob
Ha lugar al reclamo formulado por Pablo Dukes y Compañía Limitada. Se deja sin efecto el Acta de Denuncia N°1/2012 por infracción al artículo 97 N°4 inciso primero del Código Tributario. No se condena en costas al denunciante por tener motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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