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Tribunal R. Metropolitana. Primero
PATAGONICA INMOBILIARIA LIMITADA con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 25-11-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Patagonica Inmobiliaria contra liquidación por venta de inmuebles, desestimando nulidad de citación y confirmando tributación como renta habitual.
Patagonica Inmobiliaria Limitada, nacida de división de Patagonica Inmobiliaria S.A. el 1.8.2012, recibió inmuebles con costo contable de $3.326 millones. La sociedad los vendió el 12.12.2012 a Inversiones de la Patagonia S.A. por $5.731 millones. El SII emitió Liquidación N° 228 de 29.7.2016 determinando que la diferencia de $2.404 millones constituía renta habitual. La reclamante alegó que la citación fue notificada irregularmente en el mesón del guardia del edificio, no en las oficinas de piso 12.
El Tribunal analiza que: (1) La citación fue válidamente notificada en el domicilio registrado por la reclamante (Av. Américo Vespucio 2680, piso 12, Conchalí) conforme artículos 11, 12 y 13 del Código Tributario, siendo el mismo domicilio informado en todas las declaraciones de rentas 2013-2016. (2) Aunque hubiera existido vicio procesal, la reclamante no sufrió perjuicio pues respondió oportunamente la citación y ejerció defensa detallada, sin afectación de sus garantías. (3) Los actos administrativos gozan de presunción de legalidad, imperio y ejecutoriedad, pudiendo conservarse incluso con
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirma la Liquidación N° 228 de 29 de julio de 2016 emitida por la XIX Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del SII.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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