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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
INVERSIONES SANTA MACARENA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 26-02-2021 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inversiones Santa Macarena Limitada contra liquidación tributaria por venta de acciones, confirmando tasación del SII basada en capital propio de sociedades participadas.
Inversiones Santa Macarena Limitada reclama contra Liquidación N°132(R) de 25.07.2002 emitida por el SII. La sociedad vendió acciones de Salfa ICSA, Constructora Salfa S.A. y Montajes Industriales Salfa S.A., declarando pérdidas tributarias. El SII tasó el valor mínimo de venta usando el método de capital propio tributario dividido por número de acciones, sin que la reclamante proporcionara documentación del capital propio de las sociedades participadas en la oportunidad fiscalizadora. Posteriormente, en revisión de actuación fiscalizadora (RAF), aportó nuevos antecedentes que modificaron parc
El tribunal analiza que la obligación de acreditar pérdidas tributarias desde su origen surge del artículo 31 N°3 de la LIR, siendo necesario que se acompañen al momento de la fiscalización conforme a la obligación de conservar libros de comercio. Determina que la reclamante no acreditó suficientemente la efectividad de las pérdidas declaradas, ni en la etapa de fiscalización ni en la judicial. Respecto al método de tasación empleado por el SII, lo considera legítimo al ser una de las opciones más conservadoras disponibles, basado en el patrimonio de la empresa (capital propio) como valorizaci
Rechaza la nulidad invocada y el reclamo tributario. Confirma íntegramente la Liquidación N°132(R) de 25.07.2002. No condena en costas a la parte vencida por haber tenido motivos plausibles para litigar. Ordena giro de impuestos correspondientes.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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