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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO NORTE con COMERC DE EQUI E INS CONTRA INCENDIO MARIO ROJAS
Fecha: 24-03-2021 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2 del CT por contabilizar maliciosamente facturas ideológicamente falsas para aumentar créditos fiscales de IVA.
Comercializadora de Equipos e Insumos contra Incendio, Mario Rojas Acevedo E.I.R.L., recibió y contabilizó facturas falsas de cinco proveedores (Cid Vásquez, Bascur Palma, Rojas Díaz, Rojas Hidalgo, Fuentes Uribe) durante períodos tributarios 2018-2019. Los proveedores registraban el mismo domicilio y correo electrónico del contribuyente denunciado. Las facturas fueron declaradas en formularios 29 de IVA para obtener créditos fiscales indebidos, generando perjuicio fiscal en febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2019.
El tribunal constató dolo mediante indicios: identidad de domicilios y correos electrónicos entre proveedores y denunciado, falta de efectividad material de operaciones, y incongruencia entre compras registradas y ventas efectivas. La utilización sistemática y reiterada de facturas falsas durante múltiples períodos tributarios evidencia malicia. El denunciado no aportó antecedentes acreditando efectividad de operaciones ni forma de pago. Se aplicó el principio de culpabilidad y presunción de inocencia, correspondiendo la carga probatoria al Servicio, quien acreditó suficientemente la infracció
Se sanciona al contribuyente con pena de presidio menor en grado máximo a presidio mayor en grado mínimo y multa equivalente a porcentaje del perjuicio fiscal generado en períodos febrero a junio de 2019, rechazándose las facturas de agosto-diciembre 2018 por falta de perjuicio fiscal acreditado.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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