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Tribunal R. Metropolitana. Primero
COMPANIA DE SEGUROS CONFUTURO S A con SII DR METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE
Fecha: 04-08-2021 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Compañía de Seguros Confuturo por eliminación retroactiva de sobretasa de sitio no edificado. El tribunal declara extemporáneo el reclamo y sin prueba de afectación a utilidad pública en períodos 2015-2017.
Compañía de Seguros Confuturo S.A. es propietaria del inmueble ubicado en Avenida La Dehesa N° 1950, Lo Barnechea, Rol de Avalúo 3585-14. Presentó solicitud F2118 el 15 de diciembre de 2017 para rebaja de avalúo y revisión de sobretasa del artículo 8 de Ley 17.235. Por Resolución Exenta N° 1726 de 11 de junio de 2018, el SII aplicó coeficiente excepcional pero rechazó eliminación de sobretasa. Posteriormente solicitó nuevamente eliminación retroactiva el 28 de agosto de 2018, siendo rechazada por Oficio N° 1124 de 30 de agosto de 2019. Reclamó en sede jurisdiccional el 19 de noviembre de 2019.
El tribunal establece que el plazo de 90 días para reclamar conforme al artículo 150 del Código Tributario comenzó a contar desde la Resolución N° 1726 de 11 de junio de 2018, siendo extemporáneo el reclamo del 19 de noviembre de 2019. Además, no existe acreditación de que el inmueble haya estado afecto a utilidad pública en los períodos 2015-2017. El Oficio de la D.O.M. N° 472/2018 solo acredita ausencia de afectación en 2018, no en períodos anteriores. La pretensión de retroactividad carece de fundamento documental que respalde la existencia de afectación en los años solicitados.
Se rechaza el reclamo interpuesto por Compañía de Seguros Confuturo S.A. del 19 de noviembre de 2019. Se confirma la Resolución N° 1726 de 11 de junio de 2018 y el Oficio N° 1124 de 30 de agosto de 2019. No se condena en costas por motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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