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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SOCIEDAD DE INVERSIONES PAMPA CALICHERA SA con SII DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 14-02-2022 · Materia: Liquidación; Resolución · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Sociedad Inversiones Pampa Calichera contra Resolución y Liquidación del SII por prorrateo de gastos comunes y donaciones no acreditadas, confirmando actos fiscales por pérdida tributaria no comprobada.
Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A., cuyo objeto es inversión y control de SQM, declaró pérdida tributaria de $10.737.804.583 para AT 2011 solicitando devolución de PPUA. SII emitió Citación N°58 cuestionando ajustes de renta líquida, gastos rebajados y pérdidas tributarias. Contribuyente respondió el 25/11/2011. SII emitió Resolución N°315 y Liquidación N°97 ambas del 30/12/2011, efectuando prorrateo de gastos de uso común e impugnando donaciones por US$49.570 sin acreditación.
El tribunal concluyó que la reclamante incurrió en gastos de utilización común vinculados a rentas exentas y no afectas, siendo procedente su prorrateo conforme artículo 27 CT. El prorrateo es válido pues las ventas de acciones representaron 85,93% de ingresos tributarios, evidenciando actividades no externalizadas. Respecto donaciones, no obran Libro Diario ni documentación que acredite su efectividad ni cumplimiento de requisitos del artículo 31 LIR. Siendo la reclamante contribuyente en pérdida tributaria, aplicaba límite del 4,8 por mil de capital propio tributario conforme Ley N°19.885. L
Se rechaza reclamo interpuesto contra Resolución Ex. 17.000 N°315/2011 y Liquidación N°97 del 30/12/2011, confirmándose ambos actos. Director de Grandes Contribuyentes dispondrá cumplimiento administrativo. Cada parte paga sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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