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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR con SANTANDER ORTEGA
Fecha: 28-02-2022 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se condena a contribuyente por utilizar factura electrónica ideológicamente falsa para aumentar indebidamente crédito fiscal IVA, imponiendo multa del 100% del monto defraudado ($101.346).
El contribuyente Daniel Alonso Santander Ortega registró en su contabilidad y declaró en el Formulario 29 del período julio de 2017 una factura electrónica N°28 emitida por Débora Pacheco Donoso por $634.746 (IVA $101.346), correspondiente a productos que nunca fueron recibidos ni pagados. El contribuyente prestó declaración jurada el 5 y 6 de octubre de 2017 desconociendo la compra, reconociendo que no existía stock de los productos y confirmando la falsedad de la operación. La factura fue emitida por una contribuyente que operaba un esquema de facilitación de facturas falsas a terceros para
El tribunal estableció que la conducta configura la infracción del artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, requiriéndose: (1) que sea un contribuyente del IVA; (2) que la conducta sea maliciosa; (3) que tienda a aumentar créditos o imputaciones indebidas. La malicia se manifiesta en la intención de extraer del patrimonio fiscal sumas por crédito fiscal impropio. Se acreditó que el denunciado utilizó factura falsa ideológicamente (que contiene datos falsos aunque formalmente auténtica), siendo las facturas falsas aquellas que pierden derecho a crédito conforme al artículo 23 N°5 d
Se confirma el Acta de Denuncia N°09 y se aplica multa ascendente al 100% del monto defraudado ($101.346) debidamente actualizado al denunciado Daniel Alonso Santander Ortega, por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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