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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
PEREZ DE CASTRO IRIGOYEN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 28-02-2022 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación de Impuesto Global Complementario 2013 por retiros de AFP no exentos, pues el beneficio del artículo 42 ter se agotó en 2004-2005.
Contribuyente Rodrigo Pérez de Castro Irigoyen omitió en su declaración 2013 retiros de excedentes de libre disposición por $20.207.858 efectuados desde AFP Hábitat. El SII emitió Liquidación N° 315000000279 por $10.853.273 de Impuesto Global Complementario. El reclamante argumenta que tales retiros son rentas exentas conforme artículo 42 ter LIR, generando derecho a crédito. El SII contesta que ya utilizó dicho beneficio en 2004 por única vez y con vigencia de un año.
El tribunal analiza el artículo 42 ter de la LIR que contempla dos modalidades: retiro anual hasta 200 UTM (máximo 1.200 UTM) o retiro único de 800 UTM durante un año contado desde que se acoge a pensión. La ley exige que para operar la exención, los aportes deben tener al menos 48 meses de anticipación. En la documentación consta que el reclamante se acogió a esta exención en 2004 con retiro de $5.010.200, siendo la vigencia del beneficio solo entre 2004-2005 por ser modalidad única anual. El retiro de 2013 por $20.207.858 excede temporal y sustancialmente el período de vigencia, por lo que n
Se rechaza el reclamo y se confirma la Liquidación N° 315000000279 de 24.03.2016. Se declara que no se condena en costas al reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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