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Tribunal de Valparaiso
COMPANÍA MARÍTIMA CHILENA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL VALPARAISO
Fecha: 31-03-2022 · Materia: Artículo 8 bis CT · Juez: Marcelo Alejandro Valdovinos Ríos
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge parcialmente reclamo por vulneración de derechos contra SII por fijar plazo de 5 meses en requerimiento sin base legal, pero rechaza otras vulneraciones alegadas sobre artículos 8 bis N°8 y 18 del Código Tributario.
Compañía Marítima Chilena S.A. recibió requerimiento N°5532390 del SII en agosto 2021 en programa de fiscalización denominado 'Análisis de la determinación de la pérdida tributaria', que fijaba plazo de 5 meses para entregar antecedentes. La empresa interpuso recurso de resguardo alegando vulneración de derechos, que fue rechazado por resolución del Director Regional. Interpone reclamo ante Tribunal Tributario argumentando vulneraciones al artículo 8 bis numerales 4, 8 y 18 del Código Tributario.
El tribunal establece que el requerimiento del artículo 60 no constituye un procedimiento de fiscalización del artículo 59, siendo facultades diversas que coexisten dentro de plazos de prescripción general. Sin embargo, reconoce que el plazo de 5 meses fijado en el requerimiento carece de base legal o administrativa, vulnerando el artículo 8 bis N°4 letra a). Respecto al artículo 8 bis N°8, señala que requiere negativa expresa del SII para configurarse, lo que no consta. Sobre el artículo 8 bis N°18, indica que se verifica solo cuando se impide alegar prescripción, no en la fase de requerimien
Acoge parcialmente el reclamo solo respecto al plazo fijado sin base legal ni administrativa en el requerimiento. Anula la Resolución Ex. N°77321109305 de 01.09.2021. Rechaza las demás vulneraciones alegadas sobre artículos 8 bis N°8 y 18. No condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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