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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
I-MED SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 29-04-2022 · Materia: Resolución · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de I-MED S.A. contra denegatoria del SII de devolución de saldo a favor de $54.718.531 por año tributario 2014, por falta de acreditación suficiente en sede administrativa.
I-MED S.A. solicitó devolución de saldo a favor retenido de $54.718.531 en su declaración anual de impuesto a la renta del año tributario 2014. El SII emitió Resolución Exenta N° 1520065 de 11.12.2015 declarando improcedente la devolución. La empresa no comparece a audiencia de fiscalización del 21.07.2014 ni responde carta de investigación. Posteriormente presenta Reclamo por Amparo (RAV) con documentación complementaria y propuestas de rectificación de formulario F 22, pero el SII resuelve desestimar la RAV en Resolución Exenta N° 59.179 de 08.03.2016, acreditando solo observación F12 y deja
El tribunal analiza que la contribuyente no cumplió oportunamente su carga probatoria establecida en artículo 21 del Código Tributario, tanto en sede administrativa (no compareciendo a audiencia de fiscalización) como en la instancia de RAV, acompañando documentación insuficiente. Destaca que la propia reclamante reconoce profundos errores en su declaración inicial (como presentar DJ en blanco para crédito utilizado, error en código 774 del FUT). El tribunal enfatiza que la instancia jurisdiccional no es una segunda auditoría administrativa, sino un control de legalidad formal y de fondo del a
Se rechaza el reclamo y se confirma en todas sus partes la Resolución Exenta SII N° 1520065 de 11.12.2015 que declaró improcedente la devolución del saldo a favor. No se condena en costas a la parte vencida por tener motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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