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Tribunal de Coquimbo
COMERCIALIZADORA Y DIST SANTA MARTA LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 30-06-2022 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de contribuyente que alegaba emisión fraudulenta de documentos tributarios por empleado. Confirma liquidaciones de IVA y Renta por subdeclaración, considerando que el contribuyente es responsable de sus dependientes.
Santa Marta, distribuidora de combustible bajo consignación con Copec, recibió liquidaciones 33-58 (junio 2020) por $90.888.943 en IVA y Renta de Primera Categoría años 2018-2019. La empresa alegó que un empleado (Cristian Navea Rojo) emitió fraudulentamente facturas por ventas inexistentes de combustible, con participación de terceros beneficiados. El SII detectó subdeclaraciones de débito fiscal IVA en períodos mayo-julio 2017 y agosto 2017-noviembre 2019, verificando inconsistencias entre libros de ventas y liquidaciones en consignación.
El tribunal razonó que: (1) El contribuyente es responsable por emisión de documentos tributarios según artículos 52 y sig. del DL 825; (2) Conforme artículos 2320-2322 Código Civil aplicables tributariamente, la empresa responde por hechos de sus dependientes; (3) El devengo del IVA ocurre en la emisión del documento, independientemente de si la operación fue real; (4) La subdeclaración fue detectada validamente por el SII mediante sus antecedentes ante la admisión de documentos falsos; (5) El contribuyente no acreditó suficientemente la inexistencia de ventas; (6) Aunque el empleado fue quer
Se rechaza completamente la reclamación y se confirman las liquidaciones 33 a 58. Se declara sin condena en costas por existir motivo plausible de litigio. Se ordena notificación por carta certificada y publicación en sitio web del tribunal.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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