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Tribunal de los Rios
AGROPECUARIA SAGALU LIMITADA con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 27-02-2013 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar Revocatorio
Tribunal rechaza reclamación de cooperada contra tributación de excedentes de operaciones habituales, confirmando que no existe exención para cooperados bajo artículo 51 de Ley de Cooperativas.
Agropecuaria Sagalu Limitada, socio de Cooperativa Agrícola COLUN, recibió excedentes por operaciones habituales en años 2009-2011. El SII dictó Resolución 588141397012 ordenando tributar sobre estos excedentes como renta de primera categoría, rechazando partidas que los consideraban exentos. La empresa reclamó argumentando que el artículo 51 de la Ley de Cooperativas exime de impuesto a los cooperados por excedentes originados en operaciones con la cooperativa.
El tribunal analizó la interpretación del artículo 51 de la Ley de Cooperativas concluyendo que tal norma no contiene exención alguna en beneficio de los cooperados respecto de excedentes provenientes de operaciones habituales. Confirmó que los excedentes constituyen aumento patrimonial que se reputa renta conforme artículo 2 de la LIR. Rechazó la alegación de abuso en la interpretación del Oficio 1.397/2011 del Director Nacional, señalando que dicho oficio sólo modificó criterio respecto de la tributación de cooperativas, no de cooperados. Finalmente desestimó la aplicación subsidiaria del ar
Tribunal rechaza la reclamación tributaria y confirma la Resolución Ex. 588141397012 del SII que ordena tributar sobre los excedentes percibidos por la cooperada provenientes de operaciones habituales. No se condena en costas.
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