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Tribunal de Coquimbo
VINA FRANCISCO DE AGUIRRE S A con SII-DIRECCIÓN REGIONAL LA SERENA
Fecha: 28-02-2013 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de Viña Francisco de Aguirre contra SII. Tribunal declara válida la emisión de notas de crédito en papel para solicitar devolución de IVA e IABA, aunque las facturas fueran electrónicas, por no estar prohibido en la ley.
Viña Francisco de Aguirre emitió facturas electrónicas a Cencosud Retail en noviembre de 2011, que no llegaron a destino. Posteriormente emitió nuevas facturas por idénticas operaciones en enero de 2012. Para anular las primeras, emitió notas de crédito manuales (números 43002 y 43001). Solicitó devolución de IVA por $11.826.091 e IABA por $15.323.980. La Resolución Exenta 43 del SII rechazó la devolución alegando que las notas de crédito debían ser electrónicas.
El tribunal razona que: (1) La facultad del Director en art. 56 inc. 3° DL 825 se limita a autorizar reemplazo de documentos en papel por electrónicos, no a prohibir emisión de documentos en papel; (2) La Resolución 45/2003 regula notas de crédito que disminuyen débito fiscal (art. 21 DL 825), no las que sirven únicamente para solicitar devolución (art. 22 inc. 2° DL 825); (3) No existe violación de legalidad tributaria pues no se altera crédito/débito fiscal ni determinación del impuesto; (4) La nota de crédito en papel no afecta el interés fiscal si su único fin es respaldar devolución por a
Se acogen los reclamos y se dejan sin efecto las Resoluciones cuestionadas. Se ordena al Director Regional efectúe las devoluciones de impuestos solicitadas. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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